El Gobierno ha presentado al Órgano Legislativo una propuesta de reforma al Código Penal, específicamente al artículo 147-E, con el objetivo de ampliar los supuestos que configuran el delito de conducción peligrosa de vehículos automotores. Esta iniciativa, promovida por el Presidente de la República, tiene como propósito fortalecer las normas de seguridad vial y establecer penas más severas para desincentivar conductas de alto riesgo en la vía pública.
El proyecto de decreto incluye un incremento significativo en las penas de prisión para quienes transgredan las normas de seguridad vial de manera manifiesta. Actualmente, la sanción estipulada oscila entre dos y cinco años de prisión, pero se propone que pueda aumentar hasta diez años en casos relacionados con vehículos de transporte público de pasajeros o carga. Con ello, se busca enviar un mensaje claro de tolerancia cero hacia las conductas irresponsables al volante.
Entre las modificaciones más destacadas, se incluye la tipificación de la conducción bajo efectos de alcohol, drogas u otras sustancias como delito flagrante. Para ello, las pruebas de alcoholemia y toxicológicas realizadas por las autoridades competentes en puntos de control vehicular serán consideradas pruebas suficientes para determinar la peligrosidad de la conducción. Este enfoque busca agilizar los procesos legales y garantizar una respuesta inmediata.
Además, la reforma contempla sanciones más severas cuando la conducción peligrosa derive en consecuencias graves, como homicidios culposos o lesiones graves. En tales casos, las penas podrían aumentar hasta 15 años de prisión, dependiendo de la gravedad y las circunstancias del incidente. Este endurecimiento responde al compromiso del Gobierno de proteger la vida e integridad física de las personas en las vías públicas.
Otra disposición incluida en la propuesta es la privación del derecho a conducir por el mismo período que dure la pena impuesta. Esta medida tiene como finalidad restringir la reincidencia y reforzar la seguridad vial, al impedir que los infractores tengan acceso inmediato a la conducción tras cometer un delito.
De ser aprobada, la reforma entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. El Gobierno espera que esta medida sea respaldada por el Órgano Legislativo y la ciudadanía, como parte de un esfuerzo integral para reducir los índices de accidentes de tránsito y sus lamentables consecuencias.