
La Comisión de Hacienda de la Asamblea Legislativa dictaminó a favor de cambiar una normativa para modernizar la emisión de ese documento, a través de una plataforma electrónica. El trámite será digital y gratuito para salvadoreños y extranjeros.
Con el propósito de modernizar el sistema tributario, mediante el uso de nuevas tecnologías, la Comisión de Hacienda dictaminó a favor de reformar la Ley del Registro y Control Especial de Contribuyentes al Fisco.
La iniciativa responde a la necesidad de actualizar la ley —vigente desde 1972— para adaptarla al avance tecnológico y a los procedimientos electrónicos que hoy permiten un mayor control y eficiencia en la administración tributaria.
De aprobarse las enmiendas, la Administración Tributaria estaría facultada para registrar y emitir el Número de Identificación Tributaria (NIT) por medios electrónicos, de forma gratuita y sin necesidad de documentos físicos.
Así lo explicó Marvin Soto, director general de impuestos internos de Hacienda, a los diputados durante el estudio de la iniciativa. En ella se propone modificar el inciso segundo del artículo 2, con el fin de otorgar a la Dirección Tributaria la potestad de establecer las disposiciones necesarias que garanticen la seguridad, eficiencia y confiabilidad del sistema de registro.

Asimismo, se contempla la implementación de una plataforma electrónica para la emisión del NIT, accesible desde cualquier parte del mundo, lo que permitirá a los contribuyentes realizar el trámite de manera ágil y remota.
Gratuidad
El funcionario ahondó en que la reforma propone la derogatoria del literal c, inciso primero, del artículo 4 A, así como del artículo 4 D, que actualmente establecen el cobro de tasas o cuotas por la emisión del NIT.
“Con esta última modificación, el trámite será gratuito para la población salvadoreña y para los extranjeros que requieran un Número de Identificación Tributaria para realizar inversiones, adquirir bienes inmuebles o abrir cuentas bancarias en el país”, afirmó Soto.
Otras modificaciones
Las modificaciones también establecen que a los sujetos o entidades inscritas en el sistema de registro se les asignará un Número de Identificación Tributaria único, permanente, universal, digital y gratuito.
Si durante la emisión del NIT digital se detectan errores, omisiones materiales o inconsistencias con los datos proporcionados por el solicitante, se deberá proceder de inmediato a la corrección y expedición de un nuevo documento.
La reposición de la tarjeta del NIT digital deberá gestionarse nuevamente a través de la plataforma electrónica, previa verificación de la identidad del solicitante por parte de la autoridad competente.
