
Con 59 votos, la Asamblea Legislativa aprobó dos disposiciones transitorias que permitirán a los salvadoreños residentes en el país y en el extranjero actualizar su domicilio en el Documento Único de Identidad (DUI), previo a las elecciones generales programadas para el 28 de febrero de 2027.
La medida responde a que el próximo 27 de febrero vence el plazo establecido para modificar la dirección en el documento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 del Código Electoral, que ordena suspender las actualizaciones de residencia en el registro electoral un año antes de los comicios.
Cambio de domicilio en el país
La Disposición Transitoria para Extensión de Plazos para Cambio de Domicilio en el DUI permitirá que los ciudadanos puedan realizar este trámite durante un período de 10 meses a partir de la entrada en vigencia del decreto.
Para efectuar el cambio, los ciudadanos deberán reportar su nueva dirección ante el Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN) mediante una declaración jurada, lo que implicará la emisión de un nuevo DUI.
Según el artículo 25 del Código Electoral, una vez realizado el trámite, el RNPN deberá notificar de inmediato al Tribunal Supremo Electoral (TSE), con el fin de actualizar el lugar de votación del ciudadano en el registro electoral.

En las elecciones de 2027, la población elegirá presidente y vicepresidente de la República, diputados de la Asamblea Legislativa y alcaldes con sus respectivos concejos municipales.
Medida para salvadoreños en el exterior
Con la misma cantidad de votos, los diputados aprobaron una segunda disposición transitoria enfocada en los salvadoreños que residen fuera del país.
En este caso, la actualización de datos de domicilio en el DUI podrá realizarse hasta 90 días antes de los comicios. Anteriormente, el cambio debía efectuarse un año antes del evento electoral.
El decreto establece que, si hubiera una segunda vuelta en la elección presidencial, no se permitirá ningún nuevo plazo o modificación adicional a lo ya definido.
Marco legal del voto en el exterior
El 26 de octubre de 2022, la Asamblea aprobó la Ley Especial para el Ejercicio del Sufragio en el Exterior, que regula la participación electoral de los salvadoreños fuera del territorio nacional.

De acuerdo con el artículo 3 de esa normativa, los residentes en el extranjero pueden ejercer el voto acreditando su nacionalidad mediante el DUI o el pasaporte salvadoreño, emitido dentro o fuera del país, esté o no vigente.
Objetivo de las disposiciones
Con estas reformas temporales, el Legislativo busca facilitar que los ciudadanos mantengan actualizados sus datos antes de la suspensión oficial de cambios en el padrón electoral, garantizando así su derecho al voto en los comicios de 2027.
Las disposiciones amplían los plazos establecidos sin modificar el calendario electoral, permitiendo tanto a residentes en el país como en el extranjero ajustar su información para votar en el centro o modalidad que les corresponda.
