A partir de la entrada en vigencia de la Ley, los precios máximos de venta por galón para la zona central y occidental la gasolina especial costará US$4.31; mientras que, en el área oriental, US$4.32.
Por otro lado, en las tres zonas del país, la gasolina regular costará US$4.15 y el diésel bajo en azufre US$4.14. Así, los conductores podrán obtener un ahorro de hasta US$0.80 por galón.
La medida aprobada por los parlamentarios no aplicará en las estaciones de servicio o gasolineras en donde se establezcan los precios del “servicio completo”.
El ministro de Hacienda, Alejandro Zelaya dijo que han estimado que la aplicación de la medida costará US$12.5 millones por cada quincena que esté vigente el decreto.
De acuerdo a los datos del Gobierno, con esta normativa se beneficiarán a 1.2 millones de conductores, también a la cadena de suministros, al transporte de alimentos y las mercaderías; al transporte de personal y público y toda la cadena de costos que se vería impactada por un incremento de precios en los combustibles.
Según los funcionarios este desequilibrio monetario se debe a la pandemia generada por el COVID-19 y por el conflicto entre Rusia, Ucrania y la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN).
Es por esta razón que el Gobierno absorberá el nuevo incremento del precio internacional de los combustibles. Esta disposición se sumará a las otras medidas aprobadas por los legisladores para contener la inflación mundial.
Las sanciones a quienes incumplan
La ley transitoria indica que los incumplimientos a las obligaciones establecidas serán sancionados por el Ministerio de Economía (MINEC).
A las importadoras y a los distribuidores mayoristas se les aplicará una multa de hasta el 1% del patrimonio del ejercicio anterior. Para las personas jurídicas será de hasta 500 salarios mínimos mensuales del sector comercio (US$365.00) y para las personas naturales las multas no podrán ser inferiores a 56 salarios mínimos mensuales.
Además, a las estaciones de servicio el MINEC les aplicará una multa que podrá ser de hasta el 0.7% del patrimonio del ejercicio anterior, para las personas jurídicas será hasta 280 salarios mínimos mensuales del sector comercio (US$365.00) y para las personas naturales las multas no podrán ser inferiores a 28 salarios mínimos mensuales.