Martes, 16 Noviembre 2021 23:28

¿Sabía usted que si no cumple con las medidas contra el lavado de dólares podría ir preso?

Escrito por Evelyn Alas

El próximo 26 de noviembre de 2021, entrará en vigor el nuevo Instructivo de La Unidad de Investigación de Financiera (UIF) para la Prevención de Lavado de Dinero (PLDA) y la Proliferación de Armas de Destrucción Masivas (FTADM). Lo que supone nuevos arreglos a los manuales de prevención.

Por lo tanto, las empresas deben estar protegidas contra el Lavado de Dinero y deben alertar a las autoridades cualquier tipo de advertencia de peligro que pueda aparecer, esta denuncia debe de ser rápida, se debe denunciar las actividades ilícitas al ente regulador, con el fin de mitigar el blanqueo de capitales.

Los nuevos arreglos que se harán dentro del manual son, ya no hay excepciones de registro ante la UIF, está la obligación de todos de adoptar políticas de prevención, control y detección, deberán adoptar un código de ética, deben hacer responsable a las juntas directivas y órganos de gobierno sobre la adopción de medidas.

Asimismo, los auditores externos deben emitir informe de cumplimiento, aclarar las debidas diligencias, se incluyen a alcaldes y concejos municipales, también se incluye de forma general los riesgos en Criptomonedas y se creará la lista de personas designadas, lista equivalente a la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC), desaparecerá la figura de persona designada ante UIF y aparece oficial o encargado de cumplimiento.

Si las personas o empresas no cumplen con los requisitos contra el Lavado de Dinero y Activos los delitos serán condenados de la siguiente forma:

  • Delito de lavado de dinero, tendrá una sanción de 5 a 15 años, con una multa de 50 a 2,500 salarios mínimos.
  • Los casos especiales de lavado dinero tendrán una sanción de 8 a 12 años de prisión y una multa de 50 a 2,500 salarios mínimos.
  • Para el delito de encubrimiento tendrá de 8 a 4 años de prisión.
  • En cuanto al encubrimiento culposo tendrá 2 a 4 años de prisión.