
La Asamblea Legislativa de El Salvador aprobó, con 58 votos, una reforma a la Ley Orgánica Judicial de El Salvador que establece la conversión de juzgados y cámaras de menores en tribunales de lo criminal, como parte de una reorganización del sistema judicial para atender delitos de mayor gravedad.
Con esta medida, estas instancias ampliarán su competencia para conocer casos relacionados con homicidio, feminicidio y violación, además de asumir funciones vinculadas a la ejecución de penas y control de condenas.
Reorganización del sistema judicial
La reforma busca transformar la estructura de la justicia penal juvenil para adaptarla a nuevas necesidades en materia de seguridad y administración de justicia. En ese sentido, los actuales juzgados de menores y de ejecución de medidas al menor pasarán a denominarse juzgados de lo criminal, con jurisdicción en uno o varios departamentos.
Asimismo, las cámaras de menores de las zonas Centro, Occidente y Oriente también serán reconvertidas en cámaras de lo criminal, ampliando su cobertura territorial y su capacidad para atender procesos de mayor complejidad.
Nueva distribución territorial
Como parte de los cambios, se establece una nueva organización de las sedes judiciales a nivel nacional. Por ejemplo, el Juzgado de Menores de Soyapango se convertirá en el Juzgado Primero de lo Criminal de San Salvador, con competencia en San Salvador, La Libertad y Chalatenango.

De igual forma, los juzgados de menores de Santa Tecla pasarán a ser juzgados de lo criminal con jurisdicción en la zona central, mientras que otras sedes en departamentos como La Paz, San Vicente, Santa Ana, Sonsonate, San Miguel, Usulután y La Unión también serán transformadas para asumir estas nuevas funciones.
En cuanto a las cámaras, la reorganización permitirá que la Cámara de lo Criminal de la zona central tenga jurisdicción sobre varios departamentos, mientras que las de Occidente y Oriente abarcarán sus respectivas regiones, ampliando significativamente su alcance.
Competencias y funciones
Los nuevos Juzgados y Cámaras de lo Criminal tendrán la responsabilidad de conocer procesos por delitos graves, así como ejecutar sentencias y supervisar el cumplimiento de las penas, conforme a lo establecido en el artículo 51-A del Código Procesal Penal de El Salvador.
Sin embargo, los casos relacionados con crimen organizado continuarán siendo atendidos por tribunales especializados, manteniendo su tratamiento diferenciado dentro del sistema judicial.
Continuidad de procesos y ajustes operativos
La reforma también establece que los procesos en curso, incluidos aquellos que se encuentran inactivos, seguirán siendo atendidos por las mismas sedes judiciales, aunque ahora bajo su nueva denominación como tribunales de lo criminal.

Además, los juzgados de ejecución transformados deberán remitir ciertos expedientes a las instancias correspondientes en San Salvador, siguiendo los procedimientos establecidos.
Se incorpora también la posibilidad de realizar audiencias presenciales, virtuales o híbridas, así como el uso de herramientas tecnológicas para facilitar comparecencias y la distribución de casos, especialmente a través del Centro Judicial Integrado “Isidro Menéndez”.
Alcance de la reforma
Con esta reestructuración, las autoridades buscan optimizar la distribución de la carga laboral, mejorar la eficiencia en la atención de casos y fortalecer la capacidad del sistema judicial para enfrentar delitos de alto impacto.
La conversión de juzgados y cámaras de menores en tribunales de lo criminal representa un cambio estructural en la organización judicial del país, orientado a responder a las demandas actuales en materia de seguridad y justicia.
