
La Asamblea Legislativa de El Salvador ratificó, con 59 votos, un acuerdo suscrito con Guatemala que permitirá a los familiares dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de las misiones acreditadas en ambos países ejercer actividades remuneradas de forma legal.
El convenio, firmado el pasado 25 de marzo, establece un principio de reciprocidad para que los familiares de funcionarios acreditados puedan acceder a oportunidades laborales en el país receptor, siempre que cuenten con la autorización correspondiente de las autoridades competentes.
Entre los principales beneficios del acuerdo se encuentran una mayor estabilidad económica para las familias que residen en el exterior, oportunidades de desarrollo profesional y experiencia laboral internacional, así como mayor seguridad jurídica mediante normas claras en materia laboral, tributaria y de seguridad social.
Además, el convenio busca fortalecer las relaciones bilaterales entre El Salvador y Guatemala mediante el intercambio de conocimientos, capacidades técnicas y experiencia profesional.

De acuerdo con el documento, serán considerados familiares dependientes el cónyuge; los hijos solteros menores de 21 años que dependan económicamente de sus padres; los hijos menores de 25 años que cursen estudios superiores; y los hijos con discapacidad física o mental que dependan de sus progenitores.
La solicitud para obtener la autorización laboral deberá presentarse a través de la misión diplomática correspondiente ante el Ministerio de Relaciones Exteriores del país receptor. En caso de que la persona autorizada cambie de empleo, deberá gestionar una nueva autorización.
Asimismo, quienes desarrollen una actividad laboral estarán sujetos a las leyes del país receptor en materia de impuestos, seguridad social y previsión social. El acuerdo también aclara que no implica el reconocimiento automático de títulos académicos, estudios o grados profesionales.
Los familiares que trabajen bajo este mecanismo no gozarán de inmunidad civil o administrativa en asuntos relacionados con su empleo. En materia penal, el Estado acreditante podrá evaluar solicitudes de renuncia a la inmunidad cuando exista una investigación o acusación vinculada a la actividad laboral desempeñada.

La autorización para trabajar concluirá, como máximo, dos meses después de que el funcionario diplomático o consular del cual depende el familiar finalice sus funciones en el país receptor.
El acuerdo entrará en vigor una vez que ambos Estados notifiquen el cumplimiento de sus respectivos procedimientos internos de aprobación y tendrá vigencia indefinida. No obstante, cualquiera de las partes podrá darlo por terminado mediante una notificación escrita, la cual surtirá efecto 90 días después, sin afectar las autorizaciones laborales que ya hayan sido otorgadas.
