El artículo 198 del Código de Trabajo establece que el aguinaldo se calcula de la siguiente manera:
Para los trabajadores de uno a tres años de antigüedad en la empresa tienen derecho al equivalente de 15 días de salario en concepto de aguinaldo.
Para los trabajadores que tengan entre tres y 10 años de antigüedad en la empresa tienen derecho al salario equivalente a 19 días, en concepto de aguinaldo.
Para los trabajadores que tengan más de 10 años de antigüedad en la empresa tienen derecho al pago de 21 días de salario en concepto de aguinaldo.
La fórmula que se aplica es la siguiente: salario mensual entre 30 días por el número de días que corresponden de aguinaldo según la información antes mencionada. Según la ley este pago debe realizarse entre los días 12 y 20 de diciembre de cada año, si no se paga el aguinaldo en forma correcta o en el tiempo establecido el patrono puede hacerse acreedor de multas impuestas por parte del Ministerio de Trabajo y además deberá cumplir con el pago de dicho aguinaldo a sus trabajadores.