La Fiscalía General de la Republica (FGR) indicó por medio de un comunicado los Sujetos Obligados con Actividades no financieras que realicen transacciones inferiores a los US$10,000 en efectivo o superiores a US$25,000 en otras formas de pago, no deben solicitar documentos de identidad (DUI), ni datos personales de sus clientes, conforme al Artículo 9-B de la Ley Contra el Lavado de Dinero y de Activos, así como a los Artículos 12 y 51 del Instructivo para la Prevención, Detección y Control del Lavado de Dinero, Financiamiento del Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva.
En consecuencia, para las transacciones que se ajusten a estos umbrales, no se requiere solicitar documentos de identidad ni información personal al momento de llevar a cabo la transacción. Este enfoque busca simplificar el proceso para las transacciones que no superen los límites establecidos, evitando cargas adicionales innecesarias para los clientes.
La implementación de políticas y procedimientos destinados a la prevención del lavado de dinero y de activos, así como del financiamiento del terrorismo, es esencial para colaborar tanto con las autoridades estatales como para proteger el valor empresarial. Estas medidas ayudan a prevenir el uso indebido de las actividades comerciales para fines ilícitos, promoviendo un entorno de negocios más seguro y transparente.
Los sujetos obligados deben evitar la sobre regulación en la aplicación de estas políticas para no entorpecer la dinámica de sus actividades comerciales. La correcta implementación de estas políticas puede contribuir a una mayor eficiencia en el uso de recursos y a la satisfacción de los consumidores.
La institución recomienda a los comerciantes revisar y ajustar sus políticas de debida diligencia para alinearlas con los objetivos legales establecidos, garantizando que los procedimientos no generen inconvenientes a los clientes y fomenten un entorno comercial más eficiente y acorde con las normativas vigentes.