
La Comisión de Tecnología, Turismo e Inversión de la Asamblea Legislativa emitió este lunes un dictamen favorable a la nueva Ley para el Suministro Descentralizado de Energía Eléctrica, una propuesta que busca ampliar las opciones de acceso a la electricidad, incentivar la producción sostenible y regular de forma integral la interacción entre usuarios, proveedores y distribuidores del sistema energético nacional.
El propósito principal de esta normativa es otorgar a los usuarios finales el derecho de generar, consumir y reinyectar energía eléctrica a la red de distribución, utilizando sistemas y equipamientos reconocidos y homologados por la autoridad competente. La ley promueve el uso de tecnologías limpias y la descentralización del suministro energético con el fin de reducir la dependencia de fuentes tradicionales y fomentar la sostenibilidad ambiental.
Además, busca establecer un marco ordenado para que tanto los proveedores como los consumidores de energía tengan certeza jurídica, técnica y fiscal, fortaleciendo a su vez la política energética nacional.
La presentación de la iniciativa estuvo a cargo de Daniel Álvarez Campos, director general de la Dirección General de Energía, Hidrocarburos y Minas, quien señaló que “esta ley viene enmarcada a una política energética impulsada por el presidente Bukele para fomentar las energías renovables, cuál es el objetivo de la ley, uno es contribuir a la sostenibilidad de la matriz energética en El Salvador, incentivar a los usuarios finales residenciales e industriales para la instalación de paneles solares u otros medios de generación de energía renovable”.
“Incluye también incentivos para sistemas de almacenamiento de esa energía, que permitirá a los usuarios utilizar durante mayor tiempo la energía generada por los paneles, así como también reconoce el derecho de los usuarios a inyectar esa energía a la red y que sea debidamente pagada. Si bien a la fecha ya existe normativa técnica que incentiva esta actividad, queremos elevar esta normativa a rango de ley para que se puedan establecer beneficios fiscales claros, derechos de los usuarios finales y obligaciones para todos los actores, a fin de garantizar el espíritu de la ley”, añadió el director general de Energía, Hidrocarburos y Minas de El Salvador.

El marco legal otorga incentivos fiscales tanto a los proveedores como a los usuarios finales. En el caso de los proveedores estarán exentos del pago del Impuesto sobre la Renta, IVA (Impuesto al Valor Agregado) y gravámenes de importación por maquinaria o equipos destinados exclusivamente a actividades energéticas contempladas en la ley. Mientras que los usuarios finales podrán deducir de su renta lo invertido en la adquisición e instalación de sistemas, además de quedar exentos del IVA por la contratación de estos servicios. Estos beneficios tendrán una duración de 10 años a partir de la vigencia del decreto, con la supervisión del Ministerio de Hacienda mediante la Dirección General de Impuestos Internos y la Dirección General de Aduanas.
La ley también pone un fuerte énfasis en la protección de los usuarios finales. La Defensoría del Consumidor será la encargada de monitorear el mercado para asegurar que las reducciones arancelarias y fiscales se reflejen en los precios de los sistemas e instalaciones. En caso de detectar incrementos injustificados o prácticas abusivas, podrá notificar a las autoridades competentes para aplicar sanciones.
La aplicación de la ley recaerá sobre la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (SIGET), institución autónoma que ya cumple funciones de regulación y fiscalización en los sectores de electricidad y telecomunicaciones en El Salvador. Entre sus nuevas atribuciones estarán emitir el reglamento especial y el pliego tarifario que determine el valor de la energía reinyectada a la red, establecer el catálogo de sistemas y equipos que cumplan con los requisitos técnicos, supervisar las conexiones y evitar que los operadores obstaculicen los derechos de los usuarios.
La SIGET actuará con el visto bueno de la Dirección General de Energía, Hidrocarburos y Minas (DGEHM), garantizando la coherencia con las políticas energéticas nacionales.
La ley entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial, y la SIGET contará con 60 días para emitir el reglamento especial correspondiente, que establecerá los parámetros técnicos y tarifarios del nuevo modelo de producción y consumo energético.