
La Asamblea Legislativa aprobó, con 57 votos, una reforma que amplía la exoneración del pago del precio base de las concesiones y de la tasa anual por el uso de frecuencias del espectro radioeléctrico destinadas al acceso a internet satelital en El Salvador. La modificación incorpora las conexiones satelitales móviles a este beneficio, con el objetivo de facilitar la expansión de la cobertura, especialmente en las zonas rurales y alejadas donde no existen redes tradicionales o la señal es limitada.
La reforma modifica la Ley Especial de Exoneración de Pago del Precio Base y Tasa Anual Generada por la Concesión para la Explotación de Frecuencias del Espectro Radioeléctrico para Comunicaciones Satelitales. La normativa vigente ya contemplaba la exoneración para las frecuencias satelitales destinadas exclusivamente al acceso a internet; con el cambio, el beneficio también abarcará las conexiones satelitales móviles, siempre que se utilicen para ese mismo servicio.
La medida busca facilitar que los operadores amplíen sus servicios de internet a comunidades con dificultades de conectividad. La tecnología satelital permite llevar señal a lugares donde la instalación de redes tradicionales resulta limitada, lo que abre nuevas alternativas para hogares, centros educativos y otros usuarios de zonas de difícil acceso.
Uno de los propósitos de la reforma es mejorar la conectividad de los estudiantes en áreas rurales, al permitir que la señal llegue directamente a sus dispositivos. Esto contribuiría a aprovechar los kits tecnológicos y las herramientas que el Gobierno entrega a los alumnos de los centros educativos ubicados en estas comunidades.
Para obtener y mantener la exoneración, los concesionarios deberán estar inscritos como operadores de redes comerciales de telecomunicaciones, brindar exclusivamente acceso a internet por satélite y cumplir las disposiciones legales, técnicas y los estándares de calidad del servicio. También tendrán que mantener vigentes las autorizaciones adicionales que correspondan.
Las frecuencias utilizadas deberán estar asignadas a servicios satelitales fijos o móviles en el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias (CNAF) y cumplir las condiciones técnicas establecidas. Las solicitudes de concesión se evaluarán conforme a los requisitos legales aplicables, y las frecuencias podrán compartirse en una misma zona cuando sea técnicamente posible.
La modificación también establece nuevos plazos para las concesiones. Cuando el operador utilice el satélite de otra empresa, el período será de uno a 10 años. Para los concesionarios propietarios del satélite se mantiene un plazo máximo de 10 años. Además, las concesiones menores a una década podrán ampliarse, previa evaluación de la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (SIGET), hasta completar los 10 años, sin iniciar nuevamente el procedimiento.
La reforma incorpora medidas para evitar que las transmisiones satelitales provoquen interferencias perjudiciales a otros servicios de telecomunicaciones, especialmente los que utilizan frecuencias destinadas a las telecomunicaciones móviles internacionales. Si se comprueba que un operador causa interferencias a otros sistemas concesionados que no cuentan con este beneficio, deberá limitar sus transmisiones hasta solucionar el problema.
Durante la discusión, el presidente de la Asamblea Legislativa, Ernesto Castro, relacionó la aprobación de la reforma con las condiciones para atraer inversión extranjera y facilitar la llegada de empresas tecnológicas. El legislador mencionó a Google y Starlink, empresa especializada en internet satelital. Con los cambios, el país amplía los beneficios para los operadores que cumplan los requisitos establecidos, con la finalidad de favorecer la expansión de la conectividad y mejorar el acceso a internet en zonas con cobertura limitada.
