
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) explicó el procedimiento que utiliza para verificar que las personas propuestas para integrar las Juntas Electorales Departamentales (JED), las Juntas Electorales Municipales (JEM) y la Junta Electoral de Voto en el Extranjero (JELVEX) cumplan con el requisito legal de no tener afiliación partidaria, como parte de la organización de las elecciones de 2027.
Según el organismo electoral, esta condición está contemplada en el Código Electoral para quienes integran las juntas departamentales y municipales, así como en la Ley Especial para el Ejercicio del Sufragio en el Extranjero para los integrantes de la junta encargada de ese proceso. La verificación busca determinar si las personas propuestas aparecen registradas como afiliadas a alguno de los partidos políticos.
El procedimiento comienza con la entrega de memorias USB físicamente idénticas a cada partido político. Estos dispositivos contienen los números del Documento Único de Identidad (DUI) de sus respectivos afiliados, información que se utiliza para comprobar si existe alguna coincidencia con los datos de las personas propuestas para integrar las juntas electorales.
Para proteger la información, el TSE utiliza computadoras sin disco duro, cuyo sistema operativo funciona desde una memoria USB distinta de las entregadas a los partidos. Antes de iniciar el proceso, los técnicos de las organizaciones políticas revisan los equipos para comprobar que el único dispositivo disponible para almacenar información sea la memoria que sustituye al disco duro.
Una vez verificados los equipos, comienza la primera etapa, denominada auditoría. En esta fase, los representantes de los partidos introducen sus memorias en los equipos asignados y se realizan pruebas para comprobar la consistencia de los datos, la autenticidad de los números de DUI, la cantidad de registros incluidos y una muestra de personas cuya afiliación partidaria es públicamente reconocida.
Al finalizar la auditoría, las memorias se depositan en un recipiente transparente y se mezclan para impedir que puedan identificarse con facilidad los dispositivos correspondientes a cada partido. Posteriormente, comienza la segunda etapa, en la que el sistema compara los números de DUI de los afiliados con los de las personas propuestas para integrar las juntas electorales.
El TSE detalló que, si el sistema encuentra una coincidencia, significa que la persona propuesta registra afiliación partidaria y, por tanto, no cumple con ese requisito legal. Si no se detecta ninguna coincidencia, se considera que cumple la condición de no afiliación partidaria. Durante esta fase, la pantalla del equipo utilizado se proyecta para que los asistentes puedan observar el desarrollo de la verificación.
Al concluir el procedimiento, el sistema genera un archivo de texto con los números de DUI de las personas rechazadas, si las hubiera. Este documento se guarda en una memoria USB bajo resguardo de la Secretaría General del TSE. Además, se imprime un acta que debe ser firmada por los representantes de los partidos políticos, el fiscal electoral, las magistraturas y la Secretaría General del organismo.
El Tribunal informó que posteriormente comunicará a cada partido político los resultados de la verificación. Como parte de las medidas de protección de datos, al terminar el proceso se inutiliza la información contenida en las memorias y se comprueba que no queden datos almacenados en las computadoras. Con estas medidas, el TSE busca garantizar la transparencia de la revisión y proteger los datos personales utilizados durante la organización de las elecciones de 2027.
