
La Comisión de Seguridad Nacional y Justicia emitió un dictamen favorable para reformar el Código Procesal Penal, con el objetivo de prohibir la conciliación y la mediación en casos de homicidio culposo y lesiones culposas ocasionados por conducción peligrosa. La propuesta forma parte de tres reformas legales que buscan fortalecer la responsabilidad penal de los conductores y prevenir accidentes de tránsito, especialmente en el transporte colectivo de pasajeros y de carga.
El ministro de Seguridad Pública, Gustavo Villatoro, sostuvo que las modificaciones buscan evitar que los acuerdos entre las partes impidan que se haga justicia cuando las conductas de un conductor afectan a otras personas. Por su parte, el fiscal general de la República, Rodolfo Delgado, destacó que las medidas se centran en tres aspectos: no conducir después de consumir alcohol, contar con la licencia correspondiente y mantener los vehículos en condiciones seguras.
La reforma al Código Procesal Penal también plantea que las lesiones culposas ocasionadas mediante la conducción de vehículos puedan ser perseguidas por la Fiscalía General de la República (FGR) sin necesidad de que la víctima presente una solicitud. De esta manera, la institución podría iniciar el proceso penal correspondiente. La prohibición de conciliación y mediación aplicaría a los casos de homicidio culposo y lesiones culposas derivados de conducción peligrosa, así como a determinados delitos relacionados con facilitar vehículos a conductores sin la licencia requerida.

Otra de las propuestas busca modificar el Código Penal para considerar conducción peligrosa manejar con cualquier concentración de alcohol en la sangre o en el aire espirado, conducir bajo los efectos de sustancias que reduzcan las capacidades necesarias para manejar, participar en competencias ilegales de velocidad y conducir unidades de transporte colectivo o de carga sin la licencia correspondiente. Si estas conductas provocan lesiones culposas u homicidio culposo, las penas podrían alcanzar hasta 10 años de prisión y hasta 15 años cuando estén involucrados vehículos de transporte colectivo o de carga, según las condiciones previstas en la reforma.
La iniciativa también contempla penas de cinco a 10 años de cárcel para quienes permitan que vehículos de transporte colectivo o de carga con capacidad de ocho toneladas o más sean conducidos por personas sin la documentación correspondiente. Si se producen lesiones o fallecimientos, la pena aumentaría en una tercera parte de su máximo establecido. Además, se plantea que tanto quien facilite el vehículo como quien lo conduzca respondan por los daños ocasionados, sin posibilidad de conciliación o mediación en los casos contemplados.
La tercera reforma busca fortalecer la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial mediante nuevas causas para retirar vehículos de circulación. Entre ellas figuran neumáticos desgastados o luces defectuosas que comprometan la seguridad en unidades de transporte colectivo y vehículos de carga de ocho toneladas o más, modificaciones no autorizadas y transporte de materiales peligrosos sin los permisos o medidas de seguridad requeridos.

Asimismo, se propone facultar al Viceministerio de Transporte (VMT) para habilitar y administrar sus propios talleres de revisión técnica vehicular, un servicio por el que los usuarios tendrían que pagar. Los inspectores y gestores de tránsito también podrían ordenar la retención administrativa de vehículos y documentos, así como trasladar las unidades a los predios designados cuando las irregularidades no puedan corregirse en el lugar. Si los hechos constituyen un posible delito, intervendría la Policía Nacional Civil (PNC).
El viceministro de Transporte, Nelson Reyes, afirmó que las reformas buscan hacer justicia a las personas afectadas por accidentes viales. Como parte de la justificación, informó que durante el año en curso se contabilizaban 67 personas fallecidas en accidentes que involucran vehículos de transporte de carga. Los dictámenes deberán continuar el proceso legislativo correspondiente antes de que las reformas puedan convertirse en ley.
