Esta modificación incorporaría el artículo 4-A, en el cual establece que los ingresos que se perciban por las ventas de productos y servicios que preste el Ministerio de Vivienda podrán utilizarse para los fines institucionales relacionados con las diferentes competencias que el Órgano Ejecutivo otorga a la referida institución.
La diputada Marcela Pineda explicó que esta iniciativa tiene por objeto brindar una herramienta jurídica más al Ministerio de Vivienda para que los fondos de actividades especiales no solo se limiten a temas administrativos.
El Fondo de Actividades Especiales del Ministerio de Vivienda tiene como finalidad apoyar el desarrollo de las diferentes actividades relativas a la planificación del desarrollo urbano, la venta de bienes, prestación de servicios de vigilancia, análisis y aprobación de todo tipo de proyectos, en cumplimiento a las leyes y reglamentos existentes en materia de construcción.