
La Asamblea Legislativa aprobó, con 57 votos, reformas a la Ley Amor Convertido en Alimento para el Fomento, Protección y Apoyo a la Lactancia Materna, con el objetivo de fortalecer la protección de la salud y nutrición de los niños durante sus primeros años de vida. Los cambios buscan establecer controles más estrictos sobre los productos que sustituyen la leche materna, así como regular de manera más precisa su comercialización, etiquetado y promoción en el país.
La normativa, vigente desde 2022, fue modificada para ampliar y aclarar las disposiciones relacionadas con los sucedáneos de la leche materna, es decir, las fórmulas infantiles y otros productos destinados a la alimentación de bebés y niños pequeños. Según lo discutido en la plenaria 107, las reformas permitirán reforzar los controles sanitarios y garantizar que los consumidores reciban información clara y adecuada sobre este tipo de productos.
Uno de los principales cambios aprobados está relacionado con la definición de los sustitutos de la leche materna. La legislación ahora detalla con mayor precisión conceptos vinculados a las fórmulas infantiles, fórmulas especiales, productos de crecimiento y seguimiento, así como otros alimentos de origen lácteo o vegetal dirigidos a niños desde recién nacidos hasta los 36 meses de edad. Incluso, la regulación podrá aplicarse a productos destinados a edades superiores cuando así sea recomendado.
Los diputados señalaron que la intención es evitar confusiones entre los consumidores y reforzar la importancia de la lactancia materna como principal fuente de nutrición para los niños en sus primeros meses y años de vida. La ley establece que las fórmulas infantiles pueden sustituir parcialmente la leche materna, pero advierte que estos productos no contienen exactamente los mismos nutrientes ni los beneficios inmunológicos que proporciona la lactancia natural.

Las reformas también amplían las regulaciones y prohibiciones ya existentes para que sean aplicadas a productos relacionados con la alimentación infantil, como biberones, pachas y chupetes. Con ello, se busca limitar prácticas de promoción que puedan influir en la decisión de sustituir la lactancia materna sin la orientación adecuada.
Otro de los puntos relevantes aprobados corresponde al artículo 6 de la ley, que regula el registro sanitario de los sucedáneos de la leche materna. A partir de las modificaciones, estos productos deberán cumplir estándares más estrictos para obtener y mantener su autorización de comercialización en el país, fortaleciendo así los mecanismos de supervisión sanitaria.

Asimismo, el artículo 8 fue reformado para incluir una descripción más clara de los productos regulados y de las condiciones bajo las cuales pueden ser promocionados y etiquetados. Esto permitirá a las autoridades vigilar con mayor precisión el cumplimiento de la normativa y garantizar que la información presentada a los padres de familia sea transparente y comprensible.
Con estas reformas, la Asamblea Legislativa busca fortalecer las políticas de protección a la primera infancia y promover una alimentación más segura y adecuada para los niños salvadoreños, priorizando el bienestar y la salud durante las etapas más importantes de su desarrollo.
