
La Comisión de Niñez e Integración Social de la Asamblea Legislativa emitió un dictamen favorable para reformar la Ley Amor Convertido en Alimento para el Fomento, Protección y Apoyo a la Lactancia Materna, con el objetivo de fortalecer la regulación de los productos que sustituyen la leche materna y garantizar una mejor protección a la salud y nutrición de la primera infancia.
La normativa, vigente desde 2022, será objeto de modificaciones orientadas a definir con mayor precisión los sucedáneos de la leche materna, como las fórmulas infantiles, así como a reforzar los controles sanitarios, el etiquetado y la promoción de estos productos. El dictamen será llevado próximamente a sesión plenaria, donde los diputados deberán discutirlo y decidir si aprueban o no las reformas propuestas.
Durante el análisis de la iniciativa, los legisladores escucharon a representantes del Ministerio de Salud (MINSAL) y del Despacho de la Primera Dama, quienes respaldaron los cambios a la legislación. Entre ellas, Elisa Gamero, explicó que los sucedáneos son productos que pueden sustituir parcialmente la leche materna, pero no la igualan en contenido nutricional.

Gamero subrayó que las fórmulas infantiles deben ser consideradas como un complemento y no como un reemplazo de la lactancia materna, por lo que es fundamental que esta información quede claramente establecida en las etiquetas. Asimismo, indicó que estas no deben incluir mensajes que puedan desalentar la lactancia o sugerir que ofrecen beneficios equivalentes a la leche materna.
Entre los principales cambios propuestos se encuentra la ampliación de las regulaciones a productos relacionados como biberones, pachas y chupetes, los cuales también deberán cumplir con disposiciones específicas dentro del marco legal. Además, se plantea una reforma al artículo 8 de la ley para precisar conceptos vinculados a los sucedáneos, incluyendo fórmulas infantiles, productos especiales, de crecimiento, de seguimiento y otros alimentos o bebidas dirigidos a niños desde el nacimiento hasta los 36 meses de edad.
Otro de los ajustes contempla la modificación del artículo 6, con el fin de exigir el registro sanitario obligatorio de estos productos y regular la autorización de su etiquetado conforme a estándares establecidos por las autoridades de salud.

Estas reformas buscan reforzar el control sobre los productos destinados a la alimentación infantil, garantizando que cumplan con criterios de seguridad y transparencia para los consumidores, especialmente padres y cuidadores.
La ley original fue aprobada en septiembre de 2022 con 78 votos, estableciendo por primera vez medidas para garantizar el derecho de las madres a la lactancia materna, así como condiciones para su práctica. Entre sus disposiciones se incluye el contacto piel con piel entre madre e hijo inmediatamente después del parto y el derecho del recién nacido a ser amamantado durante su primera hora de vida.
Asimismo, la normativa reconoce los beneficios de la lactancia materna en el desarrollo integral del niño, tanto en el fortalecimiento del sistema inmunológico como en aspectos emocionales y cognitivos, además de consolidar el vínculo entre madre e hijo.

Los diputados señalaron que estas reformas forman parte de un conjunto de esfuerzos orientados a fortalecer la protección de la primera infancia en El Salvador, en concordancia con otras leyes como la Ley Nacer con Cariño y Crecer Juntos.
Con el dictamen ya emitido, corresponderá al pleno legislativo analizar la propuesta en sesión y determinar si las modificaciones serán incorporadas al marco legal vigente.
