
El Ministerio de Agricultura y Ganadería podrá certificar establecimientos nacionales y extranjeros que elaboren productos cárnicos, lácteos, acuícolas y pesqueros, luego que la Asamblea Legislativa aprobara con 58 votos reformas a la Ley de Protección a la Sanidad Vegetal, Salud Animal e Inocuidad de los Alimentos no Procesados de Origen Vegetal o Animal.
Las modificaciones buscan fortalecer los controles sanitarios, modernizar los procesos de certificación y agilizar los mecanismos relacionados con importaciones y exportaciones de alimentos de origen animal y vegetal.
Con las reformas, el MAG amplía oficialmente sus facultades para certificar procesos de elaboración de productos avícolas, porcinos, bovinos, lácteos y sus mezclas, miel de abeja, ovoproductos, así como productos acuícolas y pesqueros.
Además de certificar establecimientos dentro y fuera del país, la institución también podrá ejecutar medidas de control, validación, verificación y vigilancia sanitaria sobre este tipo de productos alimenticios.
Según lo aprobado por los diputados, las enmiendas brindan mayor certeza jurídica a productores, importadores y demás actores vinculados al sector alimentario, al definir con más claridad las competencias de la cartera de Estado en materia de supervisión sanitaria y certificación.

Uno de los principales cambios se realizó al artículo 4 de la ley, donde se incorporan nuevas atribuciones para fortalecer la regulación y supervisión de productos alimenticios de origen animal.
La normativa también incorpora un nuevo apartado denominado “Disposición relativa a alimentos cárnicos, productos lácteos y mezclas de productos lácteos, miel de abeja, ovoproductos, acuícolas y pesqueros”.
Con ello, El Salvador deberá adoptar medidas de equivalencia basadas en normativas internacionales de mejores prácticas y en acuerdos comerciales ratificados por el país. Esto permitirá homologar procesos sanitarios con estándares internacionales y facilitar el comercio de estos productos en mercados externos.
Las autoridades consideran que estas disposiciones contribuirán a fortalecer la inocuidad alimentaria y mejorar la confianza en los procesos de producción y comercialización tanto para consumo nacional como para exportación.

Otro de los puntos incorporados en las reformas establece reglas específicas para productos lácteos y sus mezclas, los cuales deberán cumplir con el Reglamento Técnico Centroamericano (RTCA) 67.04.65:12 relacionado con el uso de términos lecheros.
Esto implica disposiciones técnicas sobre la denominación, composición y comercialización de productos derivados de la leche, con el objetivo de garantizar mayor claridad para consumidores y productores.
Las reformas forman parte de las medidas orientadas a modernizar el sistema sanitario agroalimentario del país y fortalecer las capacidades institucionales del MAG en los procesos de certificación y vigilancia sanitaria.
