Todos los años cada patrono se encuentra obligado a entregar a sus trabajadores y trabajadoras una bonificación, además de su salario, en concepto de aguinaldo, el cual deberá ser pagado entre el 12 y 20 de diciembre de cada año.
En el artículo 198 del Código de Trabajo establece que el aguinaldo se calcula de la siguiente manera:
Entre 1 a 3 años las personas tienen derecho a 15 días de trabajo.
Entre 3 a 10 años el beneficio corresponde a 19 días de trabajo.
Para las personas que han trabajado por más de 10 años en las empresas tienen derecho a 21 días de trabajo.
Asimismo, los aguinaldos están exentos del Impuesto Sobre la Renta, es por eso que esta campaña se encargará de que todos los empleados de las empresas públicas y privadas reciban este beneficio sin complicaciones o retenciones.
Cuando las personas renuncian a su cargo, pierden derecho al aguinaldo, cuando se despiden con causa justificada también lo pierden, pero cuando se despiden con responsabilidad para el patrono, sí tiene derecho al aguinaldo.