Con la reforma, la nueva multa a cancelar en caso de infracción será de hasta 12 salarios mínimos del sector industria, comercio y servicios por cada una de las prestaciones que han sido vulneradas, para el establecimiento de lo anterior se tendrá en cuenta la capacidad económica del infractor o tamaño de la empresa; de la siguiente manera:
Microempresa Hasta 10 trabajadores 2 salarios mínimos
Pequeñas empresas Más de 10 y hasta 50 trabajadores Hasta 4 salarios mínimos
Medianas empresas Más de 50 y hasta 100 trabajadores Hasta 8 salarios mínimos
Grandes empresas Más de 100 trabajadores Hasta 12 salarios mínimos
El establecimiento de las multas también dependerá de la gravedad de la infracción, la intencionalidad y el daño causado. A la vez, se regula que el empleador quedará exonerado de toda responsabilidad administrativa, cuando se comprobare que medió caso fortuito o fuerza mayor.
La reforma entrará en vigencia luego de 8 días después de su publicación en el Diario Oficial.